PREGUNTAS FRECUENTES

Cooperativas de Vivienda

¿Por qué formar una cooperativa de vivienda?
Integrar una cooperativa de vivienda es una forma de obtener una casa propia en colaboración con otros. Este factor suele ser el principal. Pero también integrar una cooperativa implica obtener una vivienda mejor de la que cada uno en forma indivudual puede obtener en el mercado, la posibilidad de contar con bonitos y funcionales espacios comunes, que nuestros hijos puedan acceder a un espacio al aire libre compartido, conocer personas, aprender de procesos de gestión y construcción, entre otros.

¿En qué marco legal se encuentra en Uruguay?

La legislación de cooperativas de vivienda se encuentra en capítulo 10 de la Ley de Vivienda 13.728 y en la Ley 18.407.

¿Cuántas personas se necesitan?
10 socios como mínimo y 50 como máximo. Es un socio por unidad habitacional.

¿Qué requisitos deben tener estas personas?
Residir en Uruguay Poseer 18 años o más Poseer un ingreso familiar líquido no superior a las 60 U.R. No ser beneficiario de ningún otro sistema que brinde soluciones habitacionales definitivas.

¿En qué se diferencia una cooperativa de ayuda mutua de una de ahorro previo?
El sistema de ayuda mutua se caracteriza por un aporte de 21 hs. de trabajo equivalentes al 15% del préstamo. En ahorro previo el 15% del préstamo se realiza por un aporte económico de casa socio.

¿Cómo iniciar el trámite para formar una cooperativa?

El trámite se inicia obteniendo una personería jurídica en la Dirección General de Registros del Ministerio de Educación y Cultura. Se requiere el estatuto definido según condiciones que puede acceder en https://www.dgr.gub.uy/requisitos/documentos.htm.

El proceso se encuentra regulado por la Agencia Nacional de Vivienda.

Luego se pasa a las siguientes etapas: Registrar la Cooperativa en el MVOTMA, Factibilidad de terreno, Anteproyecto aprobado, Sorteo, Proyecto, Escritura y Obra. En CCU conocemos cada una de estas etapas y sabemos como orientar a las cooperativas en el cumplimiento de cada una de estas metas.

¿En qué aspectos colabora CCU?
En CCU asesoramos hace décadas a cooperativas de vivienda, conocemos al detalle todos el proceso y las necesidades de cada una de las etapas. El asesoramiento técnico en todas las etapas de consolidación, elaboración de proyecto, en el proceso de obra y pos obra. En aspecto arquitectónico, sociales, jurídicos y contables.

¿Puedo sumarme a alguna cooperativa que ya se encuentran en funcionamiento?
Algunas cooperativas poseen cupos disponibles. Recomendamos retirar listados en la Sede Central de CCU (Eduado Victor Haedo 2252), consultando al correo habitat@ccu.org.uy. FUCVAM también posee listados de sus cooperativas que poseen padrón abierto (Eduardo Víctor Haedo 2219).

¿Cómo conseguir un terreno?
El terreno se puede comprar a un particular, de donación por organismos públicos (Intendencias, Ministerios). El valor del terreno no puede superar el 10% del préstamo.

¿Se brindan préstamos? ¿Quién los brinda? ¿Hasta qué monto?
Se brindan préstamos por parte de MVOTMA-ANV. Es por el 100% de la construcción de la vivienda. Ls as cooperativas participan en un sorteo público se realiza 2 veces al año. Si una cooperativa aplica a sorteo 3 veces en forma consecutiva, se le otorga el préstamo en forma automática.

¿Cómo son las viviendas a las que accederé en CCU?
En CCU poseemos distintos formatos de viviendas que se adaptan según el terreno y las necesidades de los cooperativistas. Las viviendas pueden ser de 2, 3 o 4 dorminatorios. Que se dividen según hombres o mujeres y según su edad. Por ejemplo, las personas mayores de 18 siempre poseen una habitación solos, o hijos del mismo sexo con más de 6 años de diferencia. Todos los complejos poseen salones de usos múltiples.

Otras modalidades cooperativas

2) COOPERATIVAS DE PRODUCCIÓN (Ley 10.761 y 13.481)

- Interés de un proceso asociativo 
- Socios/as fundadores mínimo de seis integrantes 
- Mayores de 18 años

3) COOPERATIVAS AGRARIAS (Ley 15.645 - Ley 15.647)

a) Cooperativas de Producción Agraria (similares a la Cooperativa de Producción o de trabajo) pero su objeto será actividad agraria (Ley 15.647).
b) Cooperativa Agraria (Ley 15.645) mínimo de integrantes 10 socios, mayores de edad productores, se encarga de la comercialización de los productos que abastecen los productores en forma individual.